El día 1 de septiembre entra en vigor el Reglamento de Productos Biocidas 528/2012, que sustituye a la anterior directiva 98/8/CE.
Esta nueva normativa introduce modificaciones para los biocidas, como por ejemplo la nueva autorización a nivel de toda la Unión Europea.
La norma afecta a materias primas, a productos con consideración de biocidas del sector y a aquellos que contienen un protector, sin tener propiedades biocidas sobre el sustrato, llamados ahora «artículos tratados».
Este tipo de productos, en el caso de publicitar en cualquier soporte (etiqueta, ficha técnica, revista) alguna afirmación en relación con sus propiedades biocidas, deberá llevar un etiquetado según el artículo 58.3.
Alguna de las informaciones obligatorias no están bien definidas, por lo que desde CEPE (la patronal de europea de pinturas y tintas) se ha elaborado una guía con una propuesta que deberá ser consensuada en cada país con las autoridades nacionales, ya que en el último documento distribuido por la UE para estos productos no se aclaran estos puntos del etiquetado ni tampoco el tema fue abordado en la jornada organizada por la ECHA con motivo de la entrada en vigor del nuevo reglamento.
Fuente: ASEFAPI